Resumen:
Los juicios orales son procesos judiciales en donde los asuntos son
ventilados públicamente, frente a un Juez, estando presentes el ministerio público
y la defensoría, y donde los involucrados pueden presentar sus alegatos
públicamente. A diferencia de los procesos escritos, los juicios orales permiten que
la justicia sea rápida, transparente y de calidad.
En enero de 2006 se aprobaron a nivel federal las primeras reformas al
código procesal penal, con el objetivo de iniciar una reforma integral que
contemplara la oralidad de los juicios. El Artículo 275-D del Código de
Procedimientos Penales del Estado de México determina que las audiencias se
registrarán en video grabación, audio grabación o cualquier medio apto, a juicio
del juez, para producir seguridad en las actuaciones e información que permitan
garantizar su fidelidad, integridad, conservación reproducción de su contenido y
acceso a las mismas, a quienes de acuerdo a la ley tuvieren derecho a ello.