Resumen:
En México la aplicación de la retroactividad procesal penal en beneficio del reo, dentro de cada proceso penal, se ha sometido a la interpretación de cada órgano judicial encargado de su aplicación, optando como regla general por su inaplicabilidad. Eso explica el que no exista un criterio estándar en dicha aplicación, sino solamente un principio positivista que se ve reflejado en algunas de las tesis jurisprudenciales que se analizan en este texto. Se presenta el resultado de un análisis lógico-jurídico, jurisprudencial y doctrinal, que nos permita ir más allá de los argumentos positivistas, con base en las reformas constitucionales en Amparo y Derechos Humanos en México del 6 y 10 131
de junio del 2011 y, sobre todo, con base en la interpretación del principio pro homine, así como también en algunas sentencias emitidas por los tribunales internacionales de derechos humanos.
Descripción:
La publicación de este artículo se hizo por primera vez en la Revista Ciencia Jurídica de la Universidad de Guanajuato, México. División de Derecho, Política y Gobierno. Departamento de Derecho. año 8, número 15.