Resumen:
El análisis deriva de la reforma constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2008, particularmente del segundo párrafo del artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en donde se instituye el cambio de paradigma de readaptación social por el término reinserción social en materia penitenciaria, entendiendo por esté, reinsertar o reintegrar a una persona a la sociedad, responsabilizando al individuo en sus acciones, el medio para que se cumpla el citado fin es, a través de los ejes rectores bajo los cuales se organiza el sistema penitenciario que son: la base y capacitación para el trabajo, la educación, salud y deporte. Partiendo de la citada reforma en materia de Justicia Penal y Seguridad Pública, el análisis del artículo se basa en el Garantismo Jurídico cuyo principal exponente es el jurista Luigi Ferrajoli, debido a que el garantismo que representa el autor deberá recaer en el respeto absoluto a los derechos fundamentales para garantizarle al individuo el correcto uso de sus derechos con la observancia de garantías ampliamente reconocidas en la Constitución, dado que de nada le sirve al ciudadano tener consagrados derechos si éstos no se le materializan, de tal manera que cuando se tiene un garantismo normativo, lo único que resta es la carga al Estado de tutelar los intereses. Sin embargo a más de diez años de la reforma es latente la ineficacia que presenta el sistema para readaptar a la persona dentro de la cárcel, lo que conlleva a que no se cumpla con el paradigma de reinserción social quedando en solo una promesa, haciendo cada vez más evidente que el sistema penitenciario se encuentra en crisis lo que ha favorecido a la reincidencia delictiva, por lo cual es necesario implementar y desarrollar políticas públicas para que través de estas se dé cumplimiento a los ejes rectores y poder lograr una readaptación que conlleve al sentenciado a una eficaz reinserción social, mediante las cuales se garantice los derechos humanos que no le fueron vulnerados mediante sentencia.