Resumen:
El certificado de deudor alimentario es la sanción que se aplica a aquellos que incumplen con la obligación de dar alimentos; el decreto que crea dicho certificado contiene graves omisiones jurídicas, ya que no distingue entre una anotación o inscripción en los bienes propiedad del deudor, otorgando además la exención en el pago de los derechos por los servicios que prestan las Oficinas Registrales en el Código Civil del Estado de México, pero olvida que no existe disposición expresa en la legislación de carácter fiscal que otorgue beneficio alguno para este caso. Estos errores ponen en riesgo los efectos legales que se pretenden dar a dicho gravamen, ya que dejan en estado de indefensión al acreedor alimentista.