Resumen:
A PARTIR DE LA VIOLENCIA QUE SE EJERCE CONTRA LA MUJER EN EL ESTADO DE MÉXICO Y CONSIDERANDO SU CONDICIÓN DE VULNERABILIDAD, ES PERTINENTE EL USO DE LOS MEDIOS ALTERNOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS PARA ATENDER ESTA PROBLEMÁTICA EN LOS JUICIOS DEL ORDEN FAMILIAR