Resumen:
Este capítulo se propone trazar una línea que dé cuenta de la maraña de disposiciones jurídicas que permiten a la Guardia Nacional -desde su naturaleza militar- realizar funciones de control, verificación y revisión migratoria, con especial énfasis en la detención; a pesar del discurso formal y garantista de la Ley de Migración y de la política migratoria en general. Se parte de la idea de que el paquete legislativo publicado el 27 de mayo de 2019 en el Diario Oficial de la Federación, establece una serie de reglas sobre la actuación estatal en materia de migración, contradiciendo la titularidad de derechos y de atribuciones conferidos por la Ley de Migración a personas migrantes y autoridades migratorias, respectivamente. Así, se demostrará cómo las personas migrantes poseen formalmente derechos constitucionales y legales, pero están realmente sujetas a dispositivos de control biopolítico sostenidos por el marco legal extra-migratorio. Servirá de herramienta teórica para el análisis propuesto una visión biopolítica de la naturaleza del derecho que a través de la emisión profusa de reglas legislativas coloca a quienes ingresan a territorio nacional de forma irregular en un espacio de excepción que a decir de Agamben se ha convertido en la regla; mientras que de manera paralela, el Estado mexicano a través de su función legislativa ha ido consolidando una gerencia de la migración identificada como uno de los grandes problemas de seguridad generados por el régimen liberal de circulación.