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dc.contributor | Muñiz Díaz, Carlos | |
dc.contributor | Alemán Martínez, Sandra | |
dc.contributor | García Marbella, Angélica | |
dc.contributor.author | Vega Velasco, Lenin Miguel Ángel | |
dc.date.accessioned | 2022-02-24T02:30:59Z | |
dc.date.available | 2022-02-24T02:30:59Z | |
dc.date.issued | 2021-12-13 | |
dc.identifier.uri | http://hdl.handle.net/20.500.11799/112607 | |
dc.description.abstract | El Derecho a la salud es trasversal impacta directamente en el ser humano y determina no solo un fin político sino intelectual y espiritual, conlleva un sesgo filosófico hacia un fin intangible y superior: la felicidad de todos los seres vivos.1 El derecho a la salud es uno de los derechos humanos de carácter imprescindible se liga directamente con aquellos fundamentales para la existencia del hombre, así mismo con la protección máxima para todo ser humano la vida; al ser un derecho que impacta directamente en la gama de derechos fundamentales cobra gran importancia la forma en cómo el Estado lo debe garantizarlo. El Derecho a la salud es también un precepto interactivo con la dignidad del hombre pues recobra su importancia en estos tiempos de crisis mundial sobre disfrutar del nivel más alto posible de salud física y mental; es un derecho trasversal de vulnerabilidad amplia es decir al vulnerase es posible que otros más se vean afectados. Se proclamó por primera vez en la Constitución de la Organización Mundial de la Salud (OMS), de 1946, en cuyo preámbulo se define la salud como "un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones y enfermedades". También se afirma que "el goce del grado máximo de salud que se pueda lograr es uno de los derechos fundamentales de todo ser humano, sin distinción de raza, religión, ideología política o condición económica o social". El derecho a la salud se refiere a que la persona tiene como condición innata gozar de un medio ambiente adecuado para la preservación de su salud, el acceso a una atención integral y un trato digno. En la Declaración Universal de Derechos Humanos, de 1948, también se menciona la salud como parte del derecho a un nivel de vida adecuado. El derecho a la salud también fue reconocido como derecho humano en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, de 1966. | es |
dc.language.iso | spa | es |
dc.publisher | Universidad Autónoma del Estado de México | es |
dc.rights | openAccess | es |
dc.rights.uri | http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0 | es |
dc.subject | Recursos | es |
dc.subject | financiamiento | es |
dc.subject | derecho a la salud | es |
dc.subject | derechos humanos | es |
dc.subject | instituciones de salud | es |
dc.subject | Derecho comparado | es |
dc.subject.classification | CIENCIAS SOCIALES | es |
dc.title | La falta de recursos materiales y financieros de las instituciones de salud: una violación del Estado al derecho humano a la salud. | es |
dc.type | Tesis de Maestría | es |
dc.provenance | Científica | es |
dc.road | Dorada | es |
dc.organismo | Centro Universitario Temascaltepec extensión Tejupilco | es |
dc.ambito | Nacional | es |
dc.cve.progEstudios | 81 | es |
dc.modalidad | Tesis | es |