Resumen:
El presente trabajo de investigación tiene como objetivo analizar y determinar la
materialización de la desventaja social como excepción al principio de definitividad,
derivado del artículo 171 de la ley de amparo referente al amparo directo y las
excepciones, mismas que son aplicables a quienes sean sujetos que presenten
condiciones de pobreza y marginación social.
La ley señala que existe un medio de excepción al principio de definitividad entre la
que figura la desventaja social, que no se encuentra debidamente desarrollada de
forma normativa para poder justificarse en juicio, lo que implica una indebida
protección por el sistema jurídico, es decir, que la ley no es del todo precisa en el
aspecto de su acreditación o materialización. Cabe señalar que esta excepción tiene
un impacto social, pues se beneficiarían las personas en estado de pobreza o
marginación, hecho que no se debe ignorar, ya que implica una violación al derecho
a la justicia y se encontraría en vulnerabilidad procesal por no contar con los
recursos económicos para la tramitación de medios de impugnación en el proceso
judicial anterior a la solicitud de amparo, que no solo involucraría materias de
Amparo, también procesales en otras materias.