Resumen:
En este trabajo nos ocupamos del procedimiento de queja que está jurídicamente regulado por la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, con el interés específico puesto en el análisis de la utilidad y pertinencia que la mediación puede tener en este procedimiento para
asegurar el interés superior del menor, concretamente en los casos que tienen como objeto de protección el derecho a la educación.
El interés por el desarrollo de este artículo, se sitúa en la necesidad de encontrar los mejores escenarios para que la defensa de los derechos humanos de los niños pueda ser realizada con eficacia cuando las quejas son presentadas ante la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (CODHEM). Toda vez que una gran cantidad de quejas de las que se reciben en la CODHEM tiene que ver con el derecho a la educación de los niños, nos parece conveniente el
estudio aquí presentado, pues al tratarse de un derecho fundamental de un sector vulnerable, sostenemos que el procedimiento de queja tendrá que privilegiar la mediación para que el asunto pueda ser resuelto a la brevedad en favor del derecho a la educación y el interés superior del niño.