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dc.contributor IZQUIERDO MUCIÑO, MARTHA ELBA
dc.contributor WONG MERAZ, VÍCTOR ALEJANDRO
dc.contributor ELIZALDE CASTAÑEDA, RODOLFO RAFAEL
dc.contributor.author JAIME MERLOS, ARLEN SIU
dc.date.accessioned 2024-10-17T02:56:29Z
dc.date.available 2024-10-17T02:56:29Z
dc.date.issued 2024-10-02
dc.identifier.uri http://hdl.handle.net/20.500.11799/141377
dc.description.abstract Teniendo como base constitucional, el régimen de derechos político-electorales, en armonía con los diversos 23, párrafo 2; 30 y 32, párrafo 2, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, permiten configurar la teoría de la progresividad de derechos humanos, que implica el gradual progreso para lograr su pleno cumplimiento, es decir, sobre ciertos derechos se requiera la toma de medidas a corto, mediano y largo plazo, pero procediendo lo más expedita y eficazmente posible; en tanto que, la misma se ha relacionado particularmente con los derechos económicos, sociales y culturales, pero aplica también para los civiles y políticos, procurando por todos los medios posibles su satisfacción en cada momento. Esta directriz de base constitucional y convencional, se relaciona de forma estrecha con la prohibición de retrocesos o marchas atrás injustificadas a los niveles de cumplimiento alcanzados, la “no regresividad” en la protección y garantía de derechos humanos; de suerte tal que, la regulación y concreción normativa del derecho a ser votado como candidato independiente, debe garantizar las condiciones necesarias para su ejercicio, siempre que con ello, no se limite indebidamente su ejercicio y sin apego al principio de proporcionalidad, es decir, la prerrogativa a ser votado para todos los cargos de elección popular, no poseen un carácter absoluto, puesto que puede estar sujeta a ciertas y determinadas restricciones, siempre que no afecten su contenido esencial, no sean irrazonables, desproporcionadas o arbitrarias. Así, la transición y alternancia democrática como uno de los mecanismos torales para la sucedánea renovación de los puestos de elección popular, así como de la gestión de los asuntos públicos de la vida nacional y, con ello, la necesidad de una modificación significativa en la forma en que se dan las interacciones entre gobernantes y gobernados, invariablemente debe transitar por dicha tendencia; pues de lo que se trata es de fortalecer los procesos y mecanismos de participación ciudadana y su incorporación a los procesos de toma de decisiones en la hechura de políticas públicas para la resolución de esas demandas y necesidades social y políticamente reconocidas como parte de la agenda de los asuntos públicos por atender del Estado mexicano; máxime cuando es desde la ciudadanía donde se buscan generar las condiciones de acceso al poder desde su base legal más optima, pero consistente. En armonía con lo anterior, ese reconocimiento que desde la reforma constitucional de dos mil doce, otorgó a ciudadanos y ciudadanas con la intención de involucrarse en la participación política, ante un eventual ejercicio del poder, resultó suficiente para que su viabilidad haya ocurrido primero en lo regional, pues así lo demuestran las experiencias para los cargos de elección popular; a saber, como integrantes de un Ayuntamiento, Diputados Locales, Gobernador, lo que además, permitió evidenciar un gradual interés para participar en dicho modelo de representación política, esto, en esa posición antagónica que representa la dinámica adoptada por los partidos políticos. De suerte tal que, una vez que los candidatos independientes estuvieron en aptitud de conformar los órganos de representación política, se tendría que pasar en consecuencia, a la configuración de una forma de gobierno, tratándose de la implementación de programas y políticas públicas, que permitiera evidenciar un matiz diferente al tradicionalmente adoptado por los gobernantes emanados por los institutos políticos, pues para ello, habría que asumir que la instauración de un régimen de gobierno, que históricamente había sido diseñado en función de condiciones políticas que resultaban favorables a ellos, se contextualizaba demeritorio de los requerimientos de los diversos sectores sociales. Por tanto, la exposición que aborda el presente estudio, cursa por exponer el proceso de transición por el que los ciudadanos, en un primer momento, y previo cumplimiento de los requisitos establecidos por la norma, ostentan la denominación de aspirante, para que en una siguiente etapa, al haber resultado satisfechos para la autoridad electoral los parámetros impuestos, alcanzar la denominación de candidato independiente en el ámbito federal e incluso local, concluyendo que no obstante, la gran afluencia de participación, la figura ciudadana se diluye, y con ello, la consistencia de una autentica y novedosa opción de representación política. En suma, el escenario que ha configurado la incrustación de las candidaturas independientes en el contexto mexicano, como esa novedosa forma de representación política, en cuanto a una transformación en la manera del ejercicio del poder, y a partir del cual, desde una posición ajena al monopolio de los partidos políticos, ahora se han delineado las condiciones para que esa transición, previo cumplimiento de los requisitos legales, represente una novedosa forma en cuanto al ejercicio del poder; no obstante que paulatinamente se ha mostrado estática; razón que obliga a una nueva ponderación por parte del legislador, respecto de su eventual consistencia y fortalecimiento o en su caso, derogación. Lo anterior, por ser materia de análisis en la presente exposición, es lo que conlleva a ponderar la necesidad de que el legislador, a partir de las experiencias expuestas, proceda a una revisión de las aristas normatividad que configuran la regulación de las candidaturas independientes, desde esa óptica que permita traducirlas en una autentica opción de representación política, para con ello, en todo caso, hacer menos evidente esa visión de debilidades y limitaciones en comparación con el régimen adaptable para los partidos políticos, en esa transición que implica una participación igualitaria. Así, en razón de que el vigente sistema jurídico está diseñado en gran parte por los institutos políticos, es por lo que, la figura de los candidatos independientes, en función de los principios de certeza y legalidad, no puede quedar al margen, siendo entonces necesario, después de agotarse los ciclos de participación, llevar a cabo, de manera gradual, adecuaciones al diseño normativo, a efecto de consolidar una auténtica opción de competencia política. es
dc.language.iso spa es
dc.publisher UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MÉXICO es
dc.rights openAccess es
dc.rights.uri http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0 es
dc.subject CANDIDATURAS INDEPENDIENTES es
dc.subject PODER LEGISLATIVO es
dc.subject REPRESENTACIÓN POLÍTICA es
dc.subject.classification CIENCIAS SOCIALES es
dc.title LAS CANDIDATURAS INDEPENDIENTES EN MÉXICO RETOS DEL PODER LEGISLATIVO PARA RECONFIGURAR UNA AUTÉNTICA REPRESENTACIÓN POLÍTICA es
dc.type Tesis de Doctorado es
dc.provenance Científica es
dc.road Verde es
dc.organismo Derecho es
dc.cve.CenCos 20701 es
dc.cve.progEstudios 6147 es
dc.modalidad Tesis es
dc.validacion.itt Si es


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  • Título
  • LAS CANDIDATURAS INDEPENDIENTES EN MÉXICO RETOS DEL PODER LEGISLATIVO PARA RECONFIGURAR UNA AUTÉNTICA REPRESENTACIÓN POLÍTICA
  • Autor
  • JAIME MERLOS, ARLEN SIU
  • Director(es) de tesis, compilador(es) o coordinador(es)
  • IZQUIERDO MUCIÑO, MARTHA ELBA
  • WONG MERAZ, VÍCTOR ALEJANDRO
  • ELIZALDE CASTAÑEDA, RODOLFO RAFAEL
  • Fecha de publicación
  • 2024-10-02
  • Editor
  • UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MÉXICO
  • Tipo de documento
  • Tesis de Doctorado
  • Palabras clave
  • CANDIDATURAS INDEPENDIENTES
  • PODER LEGISLATIVO
  • REPRESENTACIÓN POLÍTICA
  • Los documentos depositados en el Repositorio Institucional de la Universidad Autónoma del Estado de México se encuentran a disposición en Acceso Abierto bajo la licencia Creative Commons: Atribución-NoComercial-SinDerivar 4.0 Internacional (CC BY-NC-ND 4.0)

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