Resumen:
Uno de los problemas que actualmente se presentan en la mayoría de los municipios es la correcta elaboración del Impuesto Predial, este problema radica específicamente en que la elaboración de dichas declaraciones no son efectuadas por personas entendidas en asuntos de construcciones. En tal sentido, el problema de la presentación de la declaración, en la mayoría de los casos, implica una menor recaudación por parte de los municipios; tanto en lo que se refiere al impuesto predial.
El impuesto es una obligación en sentido técnico jurídico, es decir, una relación jurídica en virtud de la cual una parte tiene derecho a exigir a otra, que queda obligada a satisfacerla, una determinada prestación.
Es una obligación de dar dinero al ente público acreedor para que se emplee en la financiación del gasto público.
Los ciudadanos de cualquier Estado deben contribuir al sostenimiento del Gobierno, en cuanto sea posible, en proporción a sus respectivas aptitudes, es decir, en proporción a los ingresos que disfruten bajo la protección estatal.
El impuesto predial es una contribución que hacen los ciudadanos que son dueños de un inmueble, ya sea vivienda, despacho, oficina, edificio o local comercial.
Este impuesto se calcula por medio de algunos factores como lo son la propiedad o posesión de predios urbanos, rurales y las construcciones permanentes que en ellos existen, la persona física o moral a quien se le cobra el impuesto predial, la cantidad sobre la cual se calcula el Impuesto basado en el valor catastral y el porcentaje que se aplica a la base para obtener el monto del Impuesto.