Resumen:
Como planteamiento del problema se propuso que el poder judicial del Estado de México, se cuenta con un procedimiento administrativo disciplinario cuya base legal es difusa, pues se integra por lo ordenado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado de México, la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipio y el Reglamento Interior del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México; supletoriamente la ley encargada de regular de manera procedimental lo es el Código de Procedimientos Administrativos de la Entidad. Bajo este esquema normativo, este procedimiento no cumple con los requerimientos de eficacia y expeditez en la sustanciación de sus procedimientos disciplinarios, lo que impide la solución pronta de los conflictos, por lo que se requieren esquemas de decisión plasmados en un marco positivo que articulen las dolencias ciudadanas con la respuesta mediata del órgano de control interno, a fin de corregir , en caso de comprobarse, mediante la sanción o expulsión de este órgano estatal a aquellos servidores judiciales que propicien la degradación institucional frente a los justiciables, bajo la condición del respeto irrestricto de sus derechos humanos; en este sentido resulta imprescindible la adecuación de este sistema de control interno, toda vez que las nuevas tendencias en el orden jurídico y en especifico en las que atañen a las responsabilidades administrativas disciplinarias apuestan por la solución pronta y eficaz de las controversias; contrario sensu, el procedimiento con el que se vine trabajando no se constituye en grante para permitir, de fondo, una administración de justicia adecuada.