Resumen:
Dentro de la actual preocupación global por el medio
natural
muchos países se
encuentran desarrollando
estrategias para el impulso de la conservación
ambiental, la protección de la diversidad biológica y la continu
dad de
los servicios
ecosistémic
os,
cuya implementación depende en gran medida de las políticas
públicas en materia ambietal,
pero también de las características
físicas,
económicas, sociales, culturales y de relación con el entorno
de cada
espacio
territorial
.
En este sentido l
as áreas na
turales protegidas (ANP) constituyen un mecanismo
de conservación ambiental
que en los últimos 20 años han tomado un
impulso
significativo
, por los beneficios que generan para la conservación ambiental y la
propia sociedad, ya
sea como
refugio
para las especies silvestres de flora y fauna,
la
captación y filtración de agua,
captura y el almacenamiento del carbono
, pero
tambien
para generación
de beneficios económicos y socioculturales para la
sociedad.
Estos instrumentos
eco
-
pol
íticos, son una forma de ver, entender y
producir el medio natural y las formas socio
-
c
ulturales
(
West
et
al. 2006
).
Constituyen
espacios
ecológicos con características relevantes para la
conservación de la biodiversidad, el desarrollo de la ciencia y el
propio bienestar
de la sociedad
,
en donde se
pretende
manejar y
controlar la
relación entre el medio
natural
y las poblaciones humanas.
Descripción:
En México,
la Secretría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT)
a
través de
la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas
(CONANP, 2009)
reconoce a las
ANP como
una importante
herramient
a
para
la protección de la
biodiversidad y
la continuidad de
los servicios de los ecosistemas
, así como para
la mitigación y adaptación al cambio climático,
pues favorecen
la capacidad de
adaptación de
los ecosistemas y la población, al tiempo que permiten satisfacer
las necesidades de los actores locales.
L
a Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA
, 1988
)
refiere a las ANP como
zonas del territorio nacional y sobre las que
ejerce su
soberanía y jurisdicción, donde los ambientes originales no han sido
significativamente alterados o que requieren ser preservadas y restauradas
.
Son
creadas mediante un D
ecreto presidencial y
se limitan
las actividades
productivas
que pueden
llevarse a cabo
en su interior, las cuales deben desarrollarse en las
áreas permitidas acordes con la zonificación respectiva y sin producir alteraciones
significativas sobre los ecosistemas
como las
actividades agrícolas y pecuarias de
baja intensidad, ag
roforestería, silvopastoril y el turismo de bajo impacto que
contribuya a la
educación y difusión
de la riqueza ambiental
(Ortiz et al. 2009).