Resumen:
El propósito es presentar criterios generales respecto a la cobertura de inversión de las reservas técnicas, los cuales puedan variar, dependiendo de la naturaleza de su mercado, así como de las políticas públicas que rigen al sector asegurador en cada país.
Para asegurar que una institución pueda cumplir con las obligaciones contractuales de sus asegurados, deben manejar los recursos de manera prudente, tomando en cuenta las obligaciones contraídas por la compañía y el riesgo que implican.
Debido a que las instituciones de seguros deben mantener cubiertas de manera óptima las obligaciones contraídas en beneficio de sus asegurados, es importante que el régimen de inversión que se establezca considere los riesgos a los que están expuestos las inversiones que cubren las reservas técnicas, tales como: riesgos de depreciación; riesgo de liquidez; riesgos de mercado o de tasa de interés; riesgos de crédito; riesgo de valuación de inversiones; riesgo de participación y el riesgo relacionado con el uso de instrumentos financieros derivados. Por ello es esencial establecer los parámetros encaminados a minimizar la exposición de las inversiones que cubren las reservas técnicas ante estos riesgos.
La constitución adecuada de las reservas técnicas y la inversión de las mismas bajo criterios de diversificación y liquidez apropiados constituyen una herramienta importante para la solvencia de las instituciones de seguros. De igual forma, es conveniente, como medida complementaria y de acuerdo al entorno regulatorio de cada país, mantener los recursos que respaldan los requerimientos de solvencia de las instituciones bajo un régimen de inversión lo suficientemente flexible para que otorgue una garantía adicional en el cumplimiento de sus obligaciones obteniendo, al mismo tiempo una utilidad.