Resumen:
Es necesario que en el contexto de impartición de Justicia en México se respeten los
Derechos Humanos que se encuentran establecidos en la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, que principalmente se encuentran es su parte dogmática
aunque también algunos de ellos están presentes en la parte orgánica de nuestra
Carta Magna, dichos derechos se han perfeccionado a través del tiempo pero esto no
significa que estos no sean vulnerados en la actualidad.
En la Reforma Constitucional en materia de Derechos Humanos de junio de 2011 es
la que tiene mayor importancia, ya que se realizaron modificaciones al Artículo Primero
Constitucional principalmente, entre otros, de esta manera surge una nueva forma de
aplicación y la obligación de las autoridades de que estos se respeten, protejan,
promuevan y se garanticen dichos derechos así como sancionar en el caso de actos
u omisiones emitidos por servidores públicos.
Específicamente con dicha reforma al Artículo Primero Constitucional el poder
Ejecutivo está obligado a incorporar los Derechos Humanos, en nuestra Carta Magna
como los contenidos en los tratados internacionales, en todos sus programas de
gobierno, así como los legisladores, al aprobar leyes y los jueces al momento de
resolver cualquier juicio en donde exista controversia ya sea entre particulares o entre
estos y el Estado.
De acuerdo con el ordenamiento jurídico mexicano tiene dos fuentes, las cuales son
los Derechos Humanos reconocidos en la Constitución y todos aquellos establecidos
en tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, siendo de este
modo normas supremas de nuestra Carta Magna. El Estado mexicano ha suscrito
diversos instrumentos internacionales, universales e interamericanos en materia de
Derechos Humanos. Los tratados internacionales pueden ser utilizados para
complementar y generar una retroalimentación entre el derecho interno y el derecho
internacional de Derechos Humanos, siendo esto reconocido por la Suprema Corte de
Justicia de la Nación.