Resumen:
El iuspositivismo indica que debe existir sanción ante la omisión de conductas ordenadas y las tesis iusnaturalistas indican que lo justo ante una obligación es que se sancione su incumplimiento. De acuerdo con el mandato constitucional, el voto es una obligación, por tanto, debe existir una sanción para su no cumplimiento. Sin embargo, en México no existe tal sanción y se sufre de un alto índice de pasividad electoral (no solamente de abstencionismo electoral, que es una especie del género pasividad democrática), por ello, como una manera de solucionar el problema, se propone la tesis consistente en aplicar la sanción que con justicia debería corresponder para el caso de incumplimiento de la obligación de emitir el voto, lo anterior con base en los fundamentos del iusnaturalismo traducidos en juicio democrático, y con ello incluso satisfacer las categorías de prudencia, templanza y paz.