Resumen:
La teoría garantista que los órganos jurisdiccionales electorales mexicanos han adoptado como modelo a seguir, significa, entre otros tópicos, la eficacia del derecho y la obligación de los jueces de hacer cumplir la ley a través de la emisión de sentencias, en las que se observe el derecho aplicable. Por ello, si bien desde el nacimiento del régimen sancionador electoral en el año 1996, se creó un mecanismo cuya finalidad es que las conductas de todos los sujetos participantes del proceso electoral se ajusten a los principios rectores de la función electoral; es momento que dicho régimen se reestructure para dar mayor fuerza y eficacia a las resoluciones de los órganos jurisdiccionales y administrativos que los resuelven, debido a que posterior a la reforma en materia político-electoral del año 2014, han existido conductas que han quedado impunes, y con ello se resta eficacia al Estado constitucional y democrático de derecho.
Descripción:
Si el Estado constitucional y democrático de derecho significa garantizar la observancia irrestricta de los derechos fundamentales de las personas que lo conforman, así como hacer cumplir las obligaciones que la ley impone a todos los sujetos partícipes de la sociedad, específicamente en un proceso electoral; resulta que para el caso que nos ocupa, el régimen sancionador electoral ha dejado de cumplir con el fin para el que fue creado, inhibir las conductas que infrinjan las normas de la ley electoral y, en su caso, castigarlas a efecto de que no queden impunes.
Al ser el juzgador el que da funcionalidad y eficacia al sistema jurídico a través de la aplicación irrestricta de la ley, los órganos electorales que resuelven los procedimientos sancionadores quienes cuentan con plena independencia y autonomía en su funcionamiento, deben aplicar sanciones ejemplares para que con ello verdaderamente se inhiba la comisión de las conductas que trasgreden la ley, a efecto de que no se ocasionen nulidades de elecciones o, en su caso, la conducta que la origine sea realmente castigada, con la finalidad que en el futuro no se cometan conductas similares.