Resumen:
El sur del Estado de México es la mayor zona productora de flores de corte que representa alrededor del 63% de la producción florícola en México; por lo que es la principal actividad económica de la región. Sin embargo, es una actividad de contrastes, por un lado, genera renta y empleos en la zona y por el otro lado da origen a efectos negativos en los derechos humanos de la población y de los empleados relacionados a esta actividad. La forma de producción en los municipios de Tenancingo y Villa Guerrero se realiza con los fines de abastecer al mercado y de generar mayores ganancias, lo cual ha llevado a los productores florícolas en busca de alternativas para obtener mayores beneficios, llevando a la práctica contratación de mano de obra barata, mano de obra infantil, evasión de contratación de seguridad social para sus trabajadores, uso desmedido de agroquímicos y contaminación de recursos naturales. Por lo tanto, el objetivo de esta investigación es analizar la relación de la floricultura en el contexto de los derechos humanos en el Sur del Estado de México. La metodología de análisis de contenido encuentra que los derechos humanos son divididos en tres generaciones y con base en ellos se identifica los derechos que son vulnerados con la actividad productiva florícola y su relación con el concepto de seguridad ciudadana. se identifica que la vulneración de derechos humanos se realiza dentro y fuera de las unidades de producción. La observación de campo no experimental se realiza en 5 comunidades de los municipios de Tenancingo y Villa Guerrero, se identifican los derechos humanos que son vulnerados con las actividades realizadas para la producción de flor con la utilización de una guía de observación y la recabación de fotografías como evidencia. Se elaboran cuestionarios basados en el análisis de contenido y la observación de campo no experimental. La aplicación se realiza en Tenancingo y Villa Guerrero, a través de los cuales se recaba información de productores, vendedores y población 4 en general. El análisis factorial encuentra que las 4 agrupaciones de derechos humanos que son violentados son derechos de tipo laboral, derechos de satisfacción económica, social y cultural, derechos del cuidado del medio ambiente y derechos referentes a la educación. Los derechos humanos identificados vulnerados con la producción florícola en observación de campo no experimental están orientados específicamente a actividades laborales, satisfacción de necesidades, medio ambiente, integridad física, seguridad social y trabajo infantil. Mientras que los recabados en la aplicación de cuestionarios tienen más amplitud, debido a que la población tiende a conocer en su mayoría derechos humanos de tipo económicos, sociales y culturales. Por lo tanto, los derechos humanos que coinciden tanto en observación de campo no experimental como en los recabados con el cuestionario son: derecho al medio ambiente limpio, derecho a la seguridad social y derecho a la integridad física. En conclusión, la producción florícola muestra que está asociada a la generación de vulneraciones de derechos humanos, tanto de los trabajadores quienes se encuentran relacionados directamente con la actividad, así como de los habitantes de las comunidades donde se realiza la producción y su relación es indirecta. Con ello la identificación de los derechos humanos vulnerados permite generar un primer acercamiento, y sirva como base para futuras investigaciones.