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dc.contributor | Camacho, Gloria | |
dc.contributor.author | Sánchez, Ulises | |
dc.date.accessioned | 2022-11-17T03:34:46Z | |
dc.date.available | 2022-11-17T03:34:46Z | |
dc.date.issued | 2022-11-15 | |
dc.identifier.uri | http://hdl.handle.net/20.500.11799/137302 | |
dc.description.abstract | Esta investigación desarrolla tres líneas dentro de la llamada Historia de la cuestión criminal: bandidos, policías y justicias. A partir de la historia social, explicamos la operatividad de los bandidos en el Estado de México entre 1876 a 1880. En dicho cuatrienio, el Tuxtepecanismo (vigencia de los ideales del Plan de Tuxtepec entre 1876 a 1884) determinó las formas de perseguir y castigar el bandidaje. En ese sentido, la policía rural y la aplicación de justicia permite entender el programa punitivo que el Estado ideó contra los bandidos. Metodológicamente, este trabajo desarrolla una interdisciplinariedad entre historia social y conceptual y sociología histórica. Asimismo, la concatenación de las perspectivas de la historia política y del derecho penal permiten visibilizar la actuación activa de los bandidos como actores sociales. En el capítulo 1 partimos del análisis del concepto de bandido, entendido que adquiere un sentido peyorativo. El concepto da lugar a la categoría de bandido real (salteador) y bandido imaginado (pronunciado). Este último relacionado con la criminalización de determinadas personas. En el capítulo 2 mostramos el bandidaje en el Estado de México. Dentro del contexto estatal encontramos los intentos del gobierno por hacer del territorio un lugar del orden y el progreso. La figura del general Mirafuentes es determinante tanto para programa de reconstrucción social como para la persecución de los bandidos y pronunciados. En el capítulo 3 partimos de un análisis del liberalismo y su relación con el poder público. En virtud de ello se justifica la represión, haciendo de lo ilegal cuestiones legales a través de leyes y decretos como la de salteadores y plagiarios y el decreto de 10 de octubre de 1876. No obstante, los bandidos se oponen al castigo y la represión. El uso del amparo y la petición del indulto fueron determinantes entre 1876 a 1880 en el Estado de México. | es |
dc.language.iso | spa | es |
dc.publisher | Universidad Autónoma del Estado de México | es |
dc.rights | openAccess | es |
dc.rights.uri | http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0 | es |
dc.subject | Bandidos | es |
dc.subject | Pronunciamiento | es |
dc.subject | Estado de México | es |
dc.subject | Justicia | es |
dc.subject | Tuxtepecanismo | es |
dc.subject.classification | HUMANIDADES Y CIENCIAS DE LA CONDUCTA | es |
dc.title | Bandidos y pronunciados, justicia y opinión pública en el arribo del Tuxtepecanismo en el Estado de México, 1876-1880 | es |
dc.type | Tesis de Licenciatura | es |
dc.provenance | Académica | es |
dc.road | Verde | es |
dc.organismo | Humanidades | es |
dc.ambito | Local | es |
dc.cve.CenCos | 20901 | es |
dc.cve.progEstudios | 34 | es |
dc.modalidad | Tesis | es |