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| dc.contributor | MORALES HERNANDEZ, SANDRA
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| dc.contributor.author | SAAVEDRA VÁZQUEZ, NOÉ
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| dc.date.accessioned | 2026-08-28T04:55:41Z | |
| dc.date.available | 2026-08-28T04:55:41Z | |
| dc.date.issued | 2026-04-17 | |
| dc.identifier.uri | http://hdl.handle.net/20.500.11799/144386 | |
| dc.description.abstract | A consecuencia de la observación de las causales de improcedencia, nominadas en los artículos 128 y 129 de la ley de amparo, respectivamente e iniciando por la primera, la cual contiene la condición de que no hará efecto la suspensión del acto reclamado, cuando el acto de la autoridad suprima afectaciones al orden público y/o al interés social, y la cesación de éste logre que los bienes jurídicos del particular se sobrepongan a los del conjunto social. A la vez que el 129 constituye en su fracción primera, que el juzgador encargado de decidir sobre la procedencia de la suspensión del acto reclamado deberá considerar que si la medida en cuestión permite el funcionamiento de un centro de vicio significara que se concederá un perjuicio en contra del interés social y simbolizara una contradicción en contra de las disposiciones del orden público. | es |
| dc.language.iso | spa | es |
| dc.publisher | UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MÉXICO | es |
| dc.rights | openAccess | es |
| dc.rights.uri | http://creativecommons.org/licenses/by/4.0 | es |
| dc.subject | CONCEPTO CENTROS VICIO, PARA IMPROCEDENCIA SUSPENSIÓN ACTO RECLAMADO JUICIO AMPARO | es |
| dc.subject.classification | CIENCIAS SOCIALES | es |
| dc.title | EL CONCEPTO DE CENTROS DE VICIO, PARA LA IMPROCEDENCIA DE LA SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO EN EL JUICIO DE AMPARO | es |
| dc.type | Tesis de Licenciatura | es |
| dc.provenance | Académica | es |
| dc.road | Verde | es |
| dc.organismo | Derecho | es |
| dc.cve.progEstudios | 21 | es |
| dc.modalidad | Tesis | es |
| dc.validacion.itt | Si | es |